CÓMO ACTUAR EN UNA BAJA POR ENFERMEDAD COMÚN (Enero-2006)

Enfermedad común

Existe una gran confusión acerca de las bajas por enfermedad común o accidente no laboral, que viene provocada por la forma en que actúan tanto los servicios médicos de empresa como los de la Mutua Muprespa, con contínuas llamadas y citaciones, numerosas irregularidades, intentos de retirada del complemento e incluso amenazas de retirada de la prestación económica por baja.

A continuación os damos unas recomendaciones a seguir...
  • Para no incurrir en ninguna irregularidad:
    • Se deben entregar al jefe los partes de baja y de confirmación en el plazo de 3 días.
    • Se deben seguir en todo momento las prescripciones del médico de cabecera.
  • Durante los primeros 15 días de la baja
    • solamente pueden citar para reconocimiento médico los Servicios de Prevención de la Empresa.
  • A partir del día 16 de la baja
    • es la Mutua la que puede citar al reconocimiento, por lo tanto, en ningún caso La Mutua puede citar ni llamar durante los primeros 15 días. Repetimos: ni llamar ni citar.
    • Todas las citas deben hacerse por BUROFAX, no aceptar ninguna cita por teléfono.
    • En el supuesto de que la Empresa o la Mutua llame por teléfono, nunca se deben proporcionar datos médicos por teléfono, ya que no es un medio seguro y los datos médicos son confidenciales, especialmente protegidos por la Ley de Protección de Datos.
    • Tras recibir el burofax se debe acudir a la cita, a no ser que el estado de salud lo impida, en cuyo caso habrá que pedir justificante al médico de cabecera e informar a la Mutua o a los Servicios de Prevención de la imposibilidad de acudir a la cita por motivos de salud. Si siguen insistiendo en que se acuda a la cita, se les debe exigir que pongan los medios adecuados para el desplazamiento.

Los motivos que aconsejan acudir a los reconocimientos médicos son:

  • Si la cita es de los Servicios de Prevención, según el Art. 233 de la Normativa Laboral “La empresa podrá verificar el estado de enfermedad o accidente de los trabajadores determinante de ausencia al trabajo, por medio de los Servicios Médicos de Telefónica”, es decir, si no se acude a la cita se le están dando argumentos a la empresa para retirar el Complemento por Incapacidad Transitoria de Normativa Laboral (ver tabla).
  • Como cautela y para evitar un posible proceso judicial, si quien cita es la Mutua y ya que la Ley General de la Seguridad Social dice en el Art. 131.Bis “El derecho al subsidio se extinguirá ..... por la incomparecencia injustificada a cualquiera de las convocatorias para los exámenes y reconocimientos establecidos por los médicos adscritos al INSS o a la Mutua ...”, se debe acudir a la cita, ya que si no la Mutua intentará retirar la prestación de la S.S. (ver tabla).
Días de duración de la Baja Porcentaje de salario percibido
Por Prestación Seguridad Social Por Complemento Incapacidad de Normativa
1-3 0 % 100 %
4-20 Aproximadamente 60 % Aproximadamente 40 %
21-Fin baja Aproximadamente 75 % Aproximadamente 25 %
  • Las pruebas y tratamientos que proponga la Mutua son de carácter voluntario.
  • Dado el cúmulo de irregularidades que se están cometiendo en las citas del Servicio Médico y de la Mutua, se debe pedir un comprobante de asistencia a la cita y exigir un informe con su valoración al facultativo que realice el reconocimiento médico
  • Ante cualquier duda o irregularidad, llamar de inmediato al Comité de Empresa (915843275) o al teléfono del sindicato (915271808).
  • Como este es un tema complicado, toda la información que vayamos teniendo la pondremos en la web del sindicato ( www.sindicatoAST.org)